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Complejidad Social (Derecho, Economía y Política)

Sobre la justiciabilidad de los derechos sociales en México

Por Roberto de Jesús Salas Cruz[1]

Hoy por hoy los Derechos Humanos, la ponderación de principios, los nuevos modelos de argumentación e interpretación y la apertura del derecho interno al derecho internacional han venido a configurar todo un nuevo paradigma normativo, que permea la totalidad del orden jurídico y la comprensión misma del derecho y el Estado.

La nota más característica de este paradigma normativo es la nueva comprensión que se tiene sobre la constitución iuspolítica de una nación.

La constitución no es ya un mero programa político dirigido a intentar disuadir a los mandatarios en turno a actuar según sus letras, es más bien el instrumento de organización social normativo que reglamenta las conductas y omisiones que el Estado y los particulares han de seguir o evitar en todo momento, con la mirada puesta en el respeto irrestricto a los derechos fundamentales de las personas y el desarrollo y bienestar común de la nación. Es, en ese sentido, una verdadera norma jurídica.

Así, la constitución, participando de la naturaleza de toda norma jurídica goza de una fuerza normativa entendida como “la aptitud para regular (en forma y contenido) la producción de normas subconstitucionales y de los actos y omisiones de sus operadores” (Sagüés, 2016, p. 19).

Las disposiciones constitucionales de un Estado -afirma Ferreyra (2004: p. 57)- responden a dos finalidades: “configurar la arquitectura de sus poderes y los controles y garantías para su funcionamiento (…) y conferir el reconocimiento de los derechos (…) a las personas”.

Es por esa razón, que la misma ha dispuesto para sí una serie de garantías endógenas para la protección de la regularidad del orden jurídico, mediante las cuales puede evitar la trasgresión del orden normativo por ella delimitado al reparar las violaciones al orden jurídico mediante la anulación de los actos u omisiones contrarios a ella, ya sea en un aspecto dogmático u orgánico, así como la desaplicación de leyes imposibles de ser interpretadas de conformidad con la misma.

Sin embargo, debido a una recalcitrante y férrea tradición de tipo liberal, se han denostado los llamados “derechos económicos, sociales y culturales”, despojándolos de su categoría de normas jurídicas constitucionales, pues no se cuenta hasta la fecha en nuestro país con vías exactamente idóneas para su operativización y garantía.

Estos derechos (a partir de ahora DESCA) son producto, según Tello (2015, pp. 16-18) del crecimiento y auge del capitalismo liberal, que generaba que un sector bastante amplio de la sociedad quedase en rezago y desamparo, al quedar sujetos únicamente a una lógica de mercado sin ningún tipo de regulación estatal. Por lo que -continúa nuestra autora- para el siglo XIX nace el Estado benefactor “constituido por derechos con mayor contenido económico y social, encaminados a satisfacer ciertas necesidades materiales de las personas como medida para subsanar las desigualdades”.

Entre los aspectos, digamos, filosóficos o sociológicos, que fundamentan estos derechos están, según Salazar (2013), la libertad fáctica, la necesidad e importancia (urgencia) y la igualdad material.

Con ello se da cuenta de que efectivamente, tal como dijese Da Silva (2016, p. 21), la constitución en su aspecto normativo, es una norma “en conexión con la realidad social”, que es de donde aquella obtiene su contenido fáctico y sentido axiológico, por lo que ciertas conductas y necesidades valoradas históricamente se constituyen en el fundamento de la vida en comunidad, que a la postre se revelan como preceptos normativos fundamentales (los DESCA, para nuestros fines).

Los DESCA son reconocidos por la Constitución Política Mexicana y la Convención Americana de Derechos Humanos, por lo que, en un ejercicio de hermenéutica constitucional y teoría jurídica general, estos forman parte del catálogo de derechos humanos del bloque de regularidad normativa.

Este último es definido como el:

conjunto de normas que gozan jerarquía constitucional en el ordenamiento jurídico de cada país y que […] constituyen el parámetro de control de validez del resto de los enunciados normativos, pese a que no necesariamente aparezcan […] en la Carta Fundamental, siempre y cuando sea ésta la que remita a aquéllas (Rodríguez, citado en Guerrero, 2015, p. 58).

Es decir, los DESCA comparten, junto a los derechos político-civiles (DPC), la característica de ser derechos constitucionales fundamentales, sin superioridad jerárquica de unos sobre de otros, es decir crean en su conjunto “la unidad de derechos fundamentales de fuente constitucional e internacional reconocidos por el orden jurídico […] caracterizados por estar elevados al máximo rango normativo […] sin que ninguno tenga preeminencia formal sobre los otros” (Astudillo, 2015, p. 121).

Por lo que sin lugar a dudas estamos de acuerdo en que “es posible defender la consagración de derechos directamente exigibles en el artículo 26 de la Convención Americana [referente a los DESCA]” (Parra, 2018, p. 189), y, por tanto, estos derechos se hallan en el bloque de regularidad ubicable en los artículos 1 y 133 de la Constitución Política, y se pueden exigir frente a las autoridades estatales mexicanas.

La exigibilidad de estos derechos ciertamente genera una serie de problemas, tales como determinar qué derechos pueden inferirse tanto de la Convención como de la Constitución, cuáles son los alcances de las cláusulas de desarrollo progresivo y cómo operan las obligaciones estatales referentes a estos derechos (Parra, 2018, p. 190),

Los problemas anteriores por lo general van también acompañados por otros asociados a limitaciones socioeconómicas, a desviaciones en la manera de procurar su realización y a dificultades de naturaleza procesal o conceptual [de contenido y alcances] (Casal, 2015, p. 21) pero ello no conlleva al hecho de negarles su categoría de normas jurídicas exigibles ni relegarlos a meras normas programáticas.

Lo anterior toda vez que “motivados por los procesos de constitucionalización de los derechos humanos e internacionalización del derecho constitucional, existen obligaciones específicas para el reconocimiento y garantía de los DESCA» (Martínez, 2018, p. 382).

Estas obligaciones nacen en virtud de que los derechos fundamentales (entre ellos los DESCA) otorgan facultades y estatus jurídicos a la persona, así también sirven como elementos estructurales del orden jurídico (Nogueira, 2003, p. 83).

Los derechos sociales fundamentales (o los DESCA constitucionalmente estatuidos) son posiciones jurídicas resultantes de una norma constitucional que incorporan deberes u obligaciones, las cuales tutelan bienes de la más alta relevancia social indisolublemente conectados a la dignidad humana, invocables y exigibles ante los tribunales jurisdiccionales (Rodríguez, Muñoz, 2015, pp. 117-118).

En virtud de lo anterior, estos DESCA junto a los DPC “constituyen preceptos directamente vinculantes y aplicables que configuran y dan forma al Estado […] constituyendo el núcleo básico irreductible e irrenunciable del estatus jurídico de la persona” (Nogueira, 2002, p. 82).

Por ello, pese a cualquier intento de socavar su naturaleza normativa bajo las excusas de poca viabilidad económica del Estado, así como de su aparente indeterminación de contenidos, los derechos sociales pueden ser judicialmente exigidos (Mestre i Mestre; Bustos Bottai, citados en Pohl, 2018, p. 693). Al efecto asegura Nogueira (2003, p. 86) “en cuanto existe plena positivización de los derechos, ya sea por norma constitucional o tratado internacional […] todo ciudadano tiene el derecho a recabar su tutela judicial efectiva por los tribunales”.

México (perteneciente al sistema interamericano de Derechos Humanos) ha adoptado en su constitución y jurisprudencia una serie de enunciados e interpretaciones jurídicas que nos permiten ver un intento institucional de amoldarse a las exigencias del derecho internacional en materia de derechos humanos en general y de los derechos sociales en específico.

Cabe hacer especial referencia a los artículos 3, 4 y 123 constitucionales que señalan una serie importante de derechos de índole social, tales como la educación (artículo 3); la igualdad, la libertad de procreación, la alimentación, la salud, el medio ambiente, el agua, la vivienda, la identidad, la infancia, la cultura, el deporte (artículo 4); y el trabajo (artículo 123).

Sobre ellos, por formar parte del bloque de regularidad normativa, la Suprema Corte se ha pronunciado mediante tesis jurisprudencial concluyendo que “esos derechos no constituyen meros «objetivos programáticos», sino genuinos derechos humanos que imponen obligaciones de cumplimiento inmediato a los Estados”[2]. Señalando asimismo que estos derechos imponen obligaciones básicas tales como garantizar niveles mínimos de su disfrute efectivo, sin discriminación, tomar medidas deliberadas, concretas y orientadas a su satisfacción; así como otras medidas de tipo progresivo dependiendo de la capacidad económica del Estado[3].

La misma tesis jurisprudencial concluye

la diferente denominación que tradicionalmente se ha empleado para referirse a los derechos civiles y políticos y distinguirlos de los económicos, sociales y culturales, no implica que exista una diferencia sustancial entre ambos grupos, ni en su máxima relevancia moral, porque todos ellos tutelan bienes básicos derivados de los principios fundamentales de autonomía, igualdad y dignidad; ni en la índole de las obligaciones que imponen, específicamente, al Estado

De la misma forma, una serie de interesantes tesis aisladas del Poder Judicial de la Federación nos brindan importante información sobre la forma en que los tribunales están entendiendo y resolviendo los litigios que versan sobre los DESCA.

Por ejemplo, los Tribunales Colegiados[4] hablando específicamente del derecho al agua (pero sin lugar a dudar, aplicable por analogía a los demás DESCA), reflexiona que los derechos imponen al Estado verdaderas obligaciones

(…) consistentes en: a) abstenerse de obstaculizar directa o indirectamente su goce (obligación de respetar); b) impedir a terceros toda injerencia en su disfrute (obligación de proteger); y, c) adoptar medidas legislativas, administrativas o presupuestarias, judiciales, de promoción y de otra índole adecuadas para hacerlo plenamente efectivo (obligación de realizar).

La primera sala, respecto al derecho a un medio ambiente sano, menciona que este derecho (y, de nuevo, aplicable por analogía a los demás DESCA), “vincula tanto a los gobernados como a todas las autoridades legislativas, administrativas y judiciales”[5].

Con estos antecedentes podemos analizar entonces un cúmulo de tesis aisladas, de tipo digamos, metodológicas, que nos hablan de las obligaciones a que está sujeto el Estado.

En primer lugar, son tres niveles básicos de protección los que hay que tener en cuenta:

(…) un núcleo esencial que protege la dignidad de las personas e impone al Estado obligaciones de cumplimiento inmediato e ineludible […]; (ii) […] un deber de alcanzar progresivamente la plena realización del derecho; y, (iii) un deber de no adoptar injustificadamente medidas regresivas[6].

Sobre el deber de protección al núcleo esencial:

(…) esta obligación se justifica porque existen violaciones tan graves a los derechos sociales que no sólo impiden a las personas gozar de otros derechos, sino que atacan directamente su dignidad, luego se entiende que se viola el núcleo esencial de los derechos sociales cuando la afectación a éstos, atenta la dignidad de las personas [por lo que de constatar dicha violación los Tribunales] deberán declararlo y ordenar su inmediata protección[7].

Ahora, sobre el deber de progresividad:

(…) los órganos de los Poderes Ejecutivo y Legislativo deben diseñar una política pública mediante la cual se garantice el pleno goce de los derechos económicos, sociales y culturales. Ahora, este deber implica que tiene que existir una política pública razonable para alcanzar el objetivo impuesto por el derecho en cuestión[8].

De esta manera es por demás claro que los derechos sociales, económicos y culturales son verdaderas normas jurídicas, generadoras de deberes para el Estado y los particulares, plenamente justiciables y exigibles en sede jurisdiccional. Forman parte además del bloque de regularidad normativa, cumpliendo funciones objetivas y subjetivas en el orden jurídico, tendientes a la protección de la dignidad de las personas y legitimar del sistema jurídico mexicano.

Ahora bien, como se ha mencionado, una buena parte del contenido y alcance de estos derechos carece aún de un desarrollo y justiciabilidad plenos por las razones anteriormente expuestas. Sin embargo, a través del desarrollo doctrinario y jurisprudencial, mediante los diferentes ejercicios de interpretación y argumentación jurídicas, se puede ampliar el espectro de casos donde, en ausencia de desarrollo legislativo (principal adversario de la justiciabilidad plena), la constitución puede llegar a ser aplicada directamente para colmar esos vacíos legales.

Aunque ciertamente, como dijese Luigi Ferrajoli (2006: p. 28), en el Estado constitucional, es al legislador sobre quien recae la responsabilidad originaria de modelar el orden jurídico (mexicano en nuestro caso), estatuyendo las obligaciones, prohibiciones, facultades y competencias, así como órganos estatales (Ferrajoli, 1997: especialmente pp. 236-240; 251) que corresponden a cada expectativa positiva o negativa, esto es, los derechos fundamentales, que establece la constitución política, también es cierto que el intérprete puede integrar las lagunas legales con miras en la efectivización del contenido de los derechos constitucionales.

En este sentido, el poder judicial, o, en su caso, el tribunal constitucional siempre tendrá que compatibilizar y (re)definir derechos, así como cubrir lagunas recurriendo al texto fundamental, al derecho consuetudinario y judicial, para buscar las directrices que faciliten una respuesta coherente con la constitución (Sagüés, 2016: pp. 24; 71).

Así, si bien el reconocimiento de la subjetividad y aplicabilidad de los DESCA avanza poco a poco en el ámbito nacional e internacional, a veces con trabas, existen mecanismos “alternos” de que los que se puede echar mano para exigirlos en sede judicial y desplegar su contenido y alcances.

Nuestros tribunales federales han identificado pues, entre otros, los derechos humanos (DESCA) a: un medio ambiente sano (2015824, 2015825), a la educación (2015229, 2015300), a una vivienda digna y adecuada (2009348), a la movilidad personal de las personas con discapacidad (2009090), al mínimo vital (2002743), a la cultura física y la práctica del deporte (2021408, 2021409, 2021410), a la energía eléctrica (2018528), al agua potable (2013753), a la salud (2014025 2012501), a la cultura (2001622, 2001625).


[1] Licenciado en Derecho por el Instituto de Estudios Superiores de Chiapas y Maestrante en Derecho Constitucional por la Facultad Libre de Derecho de Chiapas.

[2] Tesis: 1a./J. 86/2017 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época 2015306, Primera Sala, Octubre de 2017, Tomo I, Pag. 191.

[3] Ídem.

[4] Tesis: XXVII.3o.12 CS (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época 2016922, Tribunales Colegiados de Circuito, Mayo de 2018, Tomo III, Pág. 2541

[5] Tesis: 1a. CCXLVIII/2017 (10a.), Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, 2015825, Primera Sala, Libro 49, Diciembre de 2017, Tomo I, Pág. 411

[6] Tesis: 1a. CXXIII/2017 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, 2015134, Primera Sala, Libro 46, Septiembre de 2017, Tomo I, Pag. 220

[7] Tesis: 1a. CXXIV/2017 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época 2015130, Primera Sala, Libro 46, Septiembre de 2017, Tomo I, Pág. 217

[8] Tesis: 1a. CXXV/2017 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, 2015129, Primera Sala, Libro 46, Septiembre de 2017, Tomo I, Pag. 217


Bibliografía

Astudillo, César (2015). El bloque y el parámetro de constitucionalidad en la interpretación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En Carbonell, Miguel, et. al. (coords.). Estado constitucional, derechos humanos, justicia y vida universitaria. Estudios en homenaje a Jorge Carpizo. México: UNAM.

Casal, Jesús (2015). La garantía constitucional de los derechos sociales: progresos y dificultades o zonas de tensión. En Bazán, Víctor. Justicia constitucional y derechos fundamentales No. 5. La protección de los derechos sociales: Las sentencias estructurales. México: UNAM.

Da Silva, José Afonso (2016). Aplicabilidad de las normas constitucionales. México: UNAM.

Ferrajoli, Luigi (1997). Expectativas y garantías: primeras tesis de una teoría axiomatizada del Derecho. España: Doxa, núm. 20.

Ferrajoli, Luigi (2006). Las garantías constitucionales de los derechos fundamentales. España: Doxa, núm. 29.

Ferreyra, Raúl Gustavo (2004). Notas sobre derecho constitucional y garantías. México: Porrúa-IIJUNAM.

Guerrero Zazueta, Arturo (2015). ¿Existe un bloque de constitucionalidad en México? México: CNDH.

Martínez Ramírez, Fabiola (2018). La influencia de la jurisprudencia de la Corte Interamericana en materia de derechos económicos, sociales y culturales. En Mac-Gregor, Eduardo, et. al. (coords.). Inclusión, Ius Commune y justiciabilidad de los DESCA en la jurisprudencia interamericana. El caso Lagos del Campo y los nuevos desafíos. México: UNAM

Nogueira, Humberto (2003). Teoría y dogmática de los derechos fundamentales. México: UNAM

Parra Vera, Óscar (2018). La justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales en el sistema interamericano a la luz del artículo 26 de la Convención Americana. En Mac-Gregor, Eduardo, et. al. (coords.) Inclusión, Ius Commune y justiciabilidad de los DESCA en la jurisprudencia interamericana. El caso Lagos del Campo y los nuevos desafíos. México: UNAM

Pohl, Julio (2018). Sobre la exigibilidad judicial débil de los derechos sociales. Chile: Revista chilena de derecho, vol. 45, núm. 3.

Rodríguez, Jaime y Muñoz, Arana (2015). Sobre el concepto de los derechos sociales fundamentales. España: Anuario da Facultade de Dereito da Universidade da Coruña, núm. 19.

Sagüés, Néstor Pedro (2016). La interpretación judicial de la constitución. México: Porrúa.

Salazar Pizarro, Sebastián (2013). Fundamentación y estructura de los derechos fundamentales. Chile: Revista de Derecho de Valdivia, vol. 26, núm. 1.

Tello Moreno, Luisa Fernanda (2015). Panorama general de los DESCA en el derecho internacional de los derechos humanos. México: CNDH.

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Complejidad Social (Derecho, Economía y Política) Daniel Landa Zaragoza

Responsabilidad empresarial frente al derecho al medio ambiente

Por Daniel Landa Zaragoza  

La actividad empresarial tuvo un incremento económico a partir de la década de los 90’s afectando diversos sectores de la sociedad y el medio ambiente, ello despertó la conciencia social a grado tal, que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) creó una agenda de participación transnacional.

El 7 de abril de 2008, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU estableció los principios rectores que guían la actividad empresarial en materia de derechos humanos.

Estos principios son: protección, respeto y reparación.

Principio de protección: Los países deben implementar medidas de prevención, supervisión, investigación, reparación y castigo contra violaciones a derechos humanos cometidos por una empresa.

Principio de respeto. Los países deben de promover el respeto de los derechos humanos entre las empresas, asegurando que las políticas, leyes y cualquier medida vigente impacte en la actividad industrial.

En el caso de las empresas, deben evitar que sus actividades provoquen consecuencias negativas en los derechos humanos; para ello, deben contar con políticas y procedimientos de mitigación y reparación.

Principio de reparación. Los Estados deben adoptar mecanismos judiciales eficaces que garanticen el acceso a una reparación integral del daño, por ello, las empresas deben establecer mecanismos a nivel operacional a disposición de las personas y comunidades que sufran consecuencias negativas.

A partir del reconocimiento de estos principios fundamentales, surgió la interrogante siguiente: ¿Cómo puedo aplicar estos principios en mi empresa?

La respuesta se encuentra en el informe emitido el 21 de marzo de 2011, por John Ruggie, Representante Especial de los Derechos Humanos y Empresas Transnacionales y otras Empresas, que en esencia establece que las personas empresarias pueden cumplir con estos principios si adoptan estas medidas:

  • Desarrollar procesos de evaluación de impacto real y potencial derivado de las actividades empresariales.
  • Destinar recursos financieros y humanos para mitigar el impacto de manera anticipada.
  • Ante una posible vulneración al medio ambiente, se puede aplicar el principio de protección, buscando alternativas que eviten el riesgo y lo eliminen.
  • Contratar consultores en materia ambiental con el objeto de tomar decisiones adecuadas que permitan resolver problemas técnicos y especializados.  
  • Implementar un enfoque de respeto, esto impacta transversalmente en las herramientas de gestión empresarial (políticas, procedimientos, indicadores, consultas, evaluaciones de riesgo, entre otras), lo cual permite efectuar estrategias competitivas de mercado que generan intereses financieros.
  • Colaborar con el Estado, organizaciones de la sociedad civil y comunidades beneficiarias, con el objeto de garantizar el derecho al medio ambiente sano. 
  • Cumplir con la normatividad aplicable en materia de impacto ambiental en la instrumentación, operación y producción.

Los principios y medidas precisadas con anterioridad sirvieron de apoyo para la Corte Interamericana de Derechos Humanos al resolver los siguientes casos:

              1. Velázquez Rodríguez vs. Honduras.

              2. Masacre de Mapiripán vs Colombia.

          3. Comunidades indígenas afrodescendientes desplazadas de la                    cuenca del Río Cacarica vs Colombia.

              4. Norín Catrimán y otros vs Chile.

              5. Caso pueblo indígena Xucuru y sus miembros Vs. Brasil.

Estos casos tienen como causa común la afectación al medio ambiente derivado de la actividad empresarial, por ello, se resolvió que los gobiernos en colaboración con las empresas deben realizar las siguientes actividades:

  1. Adoptar medidas necesarias para evitar que las actividades desarrolladas afecten derechos de las personas.
  2. Prevenir daños ambientales significativos dentro o fuera de su territorio.
  3. Regular, supervisar y fiscalizar las actividades bajo su jurisdicción que puedan producir un daño significativo al medio ambiente.
  4. Realizar estudios de impacto ambiental cuando exista riesgo de daño significativo.
  5. Establecer un plan de contingencia.
  6. Contar con medidas de seguridad para minimizar la posibilidad de accidentes ambientales.
  7. Mitigar el daño ambiental que se hubiere producido.
  8. Proteger el derecho a la vida y a la integridad personal, frente a posibles daños graves o irreversibles al medio ambiente.
  9. Cooperar de buena fe, para la protección contra daños al medio ambiente.
  10. Garantizar el derecho al acceso a la información relacionada con posibles afectaciones al medio ambiente.
  11. Garantizar el derecho a la participación pública en la toma de decisiones y políticas que puedan afectar el medio ambiente.

Ante estas actividades internacionales, el Estado Mexicano reconoció el derecho al medio ambiente sano a través del artículo 4o constitucional, partiendo del Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, mejor conocido como “Protocolo de San Salvador”, así como la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.

Estos instrumentos normativos establecieron que los tres poderes de la unión (legislativo, ejecutivo y judicial), deben adoptar en colaboración con las empresas, aquellas medidas que garanticen y protejan la naturaleza y el ambiente.

Asimismo, se fijó un estándar de exigencia y de respeto a partir de dos efectos erga omnes, el primero, consiste en preservar la sustentabilidad del entorno ambiental (eficacia horizontal), y el segundo, la obligación de vigilar, conservar y garantizar las regulaciones pertinentes (eficacia vertical).

Por ello, actualmente se reconoce que los derechos ambientales brindan a la ciudadanía un acceso de calidad que les permite gozar su bienestar a través de una vida digna.

Es así que, estos derechos deben ser protegidos, vigilados, conservados y garantizados, no solo por las autoridades, sino también por las empresas, con el objeto de mejorar el medio ambiente para las generaciones futuras.

Lo anterior, implica una base axiológica reconocida a través del principio intergeneracional, el cual establece acciones para garantizar el bienestar de las generaciones presentes y futuras. Por ese motivo, se considera que los derechos ambientales son de carácter difuso, pues su tutela está sujeta a un bien jurídico no tradicional.

En este sentido la Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoce que el principio in dubio pro-natura -prevención a favor de los recursos naturales-, busca prevenir y proteger el interés social cuando no existe certeza en alguna ciencia auxiliar que garantice su protección.

Razón por la cual se ofrece una protección especial en contra de actos y abusos de las empresas, a fin de evitar o disminuir daños al ambiente, tratándose de riesgos inciertos.

Por tanto, se fijaron los siguientes parámetros de responsabilidad empresarial frente al derecho al medio ambiente:

  1. Utilizar eficazmente los recursos naturales.
  2. Limitar el crecimiento cuantitativo del ambiente.
  3. Prevenir los sistemas físicos y biológicos.
  4. Considerar la dimensión económica y mitigar las consecuencias causadas por la actividad desplegada.

Como es posible advertir, las empresas tienen una responsabilidad especial frente al medio ambiente, pues sus actividades pueden vulnerar éste y más derechos humanos, por ello, es necesario que adopten estándares internacionales y nacionales para garantizar el bienestar de las generaciones presentes y futuras.

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Complejidad Social (Derecho, Economía y Política) Jacqueline Miranda De los Santos

Replantear los sistemas

Por Jacqueline Miranda de los Santos

Una mañana la humanidad despertó con la noticia de que un nuevo virus había llegado, las redes sociales se inundaron de información, desinformación y memes, el epicentro de todo ocurrió en Wuhan, en poco tiempo la vida cotidiana se vio mermada al menos en la zona, y sin percatarnos de nada en unas cuantas semanas la enfermedad avanzó al mismo ritmo que la vida moderna, que la modernidad líquida, en un abrir y cerrar de ojos se esfumó de las manos de quienes controlan el caminar de la humanidad.

De Wuhan a toda China, de China a Europa, los más afectados España e Italia, de Italia para América; Estados Unidos superando al 30 de marzo a China con más de 120 mil casos, en todo el mundo se registraron más de 693 mil casos y más de 33 mil defunciones.

De esta forma cuando el humano volvió a abrir los ojos se percató de que el control sobre ciertas situaciones no está en manos de todos los individuos con cierto nivel adquisitivo, poder político, o posición social ya que a diferencia de otras enfermedades que han dejado huella en la humanidad, ésta no respetó  ninguna condición, figuras de la política como el Primer Ministro de Inglaterra, deportistas, cantantes, empresarios millonarios, cualquiera; vulnerando más a personas con enfermedades como diabetes, cáncer, VIH, personas mayores cuyo sistema inmunológico es deficiente; la medida para controlar y contener el problema es la puesta en cuarentena de la población en general, lo cual desde la teoría permite disminuir el número de casos diarios y no sobre saturar el sistema de salud de cada país.

Sin embargo con cada paso que este nuevo virus da por el mundo hay otro tipo de efectos, los económicos, los políticos y por ende los jurídicos; la ciencia de la salud no es una herramienta aislada de las ciencias sociales y cada que hay una irritación en un sector específico de los sistemas, estos generarán movimientos que nos llevarán a cambiar (evolucionar) diversos aspectos del día a día.

Para México una de las situaciones más complicadas deriva de su realidad social y económica, al menos el 56.3 % de la población se encuentra en la informalidad, esto quiere decir que gran parte de ese porcentaje obtiene ingresos que usa en su día a día y para subsistir es necesario continuar con dicha actividad, podemos pensar en los comerciantes de Tepito, o los vendedores ambulantes que usan el transporte colectivo para ofrecer sus productos, las personas que venden alimentos, aquellos que hacen reparaciones de autos, electrodomésticos, muchas de estas personas no podrán quedarse en casa durante el periodo que determina si el impacto sobrepasará el límite del sector salud, si bien el Covid-19 es una enfermedad que no afecta a sólo un sector (en términos de salud) si generará mayor estruendo en las familias más susceptibles.

El capitalismo y la vida moderna nos han llevado a vivir de una forma imparable, consumimos todo lo que podemos para llenar vacíos que creemos tener para darnos cuenta que debemos seguir consumiendo de forma desmedida sólo para satisfacer nuevas necesidades, así la vida se vuelve líquida y se nos va en trabajar para consumir, para creer que estamos completos y cuando nos damos cuenta de que no, seguimos en marcha para obtener más, así cuando la modernidad y el capitalismo nos hacían correr hacia quién sabe dónde, el virus paralizó el sistema exponiendo ciertas verdades; al sistema actual no le importa que estemos completos, no le importa el humano, le importa el consumidor, le interesa solo el que tiene poder adquisitivo, así se demostró cuando ciertos grupos empresariales mandaron a sus trabajadores a casa sin goce de sueldo o disminuyendo prestaciones laborales, y el anterior sólo es un caso conocido por tratarse de empresas a las que la mayoría de las personas recurren en su día a día, entre los casos que no escucharemos está el de las empleadas domésticas, quienes en su momento deberán retirarse a casa probablemente sin goce de sueldo ni servicio médico, sin nada.

En la parte más superficial del problema, el Covid-19 desnudó la fragilidad humana pero sobretodo, la fragilidad del sistema-mundo, de la economía, de los vínculos sociales, de la psique de cada individuo impulsado a comprar papel de baño sin medida por el miedo a la escasez, sin darse cuenta que el modelo actual de consumo nos lleva a una velocidad acelerada hacia aquel rumbo.

Niklas Luhmann establece que aunque los sistemas (jurídico, político y económico) poseen autonomía entre ellos la forma en que responden a ciertos estímulos tiene injerencia en la forma en cómo estos evolucionan o se transforman, para dar soluciones. El pulso al sistema que provocó el virus, indiscutiblemente llevará a una transformación, hay una línea en la que una vez que la crisis pase las cosas deberán ser diferentes, cada pulso (sobre todo a la economía) lleva a nuevas respuestas e interpretaciones sobre el cómo en adelante deberemos de responder a crisis como la del Covid-19, pero también a otros problemas similares.

México necesita cambiar

México necesita replantearse demasiadas cosas, si bien es cierto que el actual gobierno de Andrés Manuel López Obrador apenas comienza marcando diferencias, necesita apostar por nuevas cosas como incentivar más al sector salud, mayor calidad y más apoyo. Necesitamos replantear los modelos fiscales de tal forma que la contribución que realizamos sea equitativa y que ante futuras crisis el nuevo modelo fiscal nos ayude a responder con incentivos económicos que mantengan al país de pie.

Es necesario replantear las relaciones laborales, desde las formales que afectan a los trabajadores hasta las informales donde se concentra la mayor parte de la población. Es importante pensar en soluciones medioambientales que permitan el desarrollo sustentable de la humanidad, necesitamos modificar el sistema de consumo actual, parar la vida acelerada a la que la modernidad nos somete.

Requerimos construir nuevos modelos de justicia solidaria, sociedades más justas en donde los privilegios no existan y todos podamos acceder a los mismos servicios públicos donde la salud no sea sólo para unos cuantos, necesitamos un nuevo modelo de derecho resiliente que preste mirada a los que aún no son vistos, a los que el mismo sistema ha oprimido y negado existencia.

La construcción de la realidad una vez pasada la crisis exigirá nuevos planteamientos desde cada sistema que compone la sociedad, exigirá que la sociedad cambie y transforme el panorama que hoy se expone ante nuestros ojos.

La sociedad ha sido sometida a ver lo innegable, ha sido llevada a recibir un pulso que la obliga a cambiar los modelos y paradigmas, no dar ese paso nos condena a acelerar nuestra caída al precipicio, negarse a cambiar es impedir la transformación.

El Covid-19 nos prueba, nos hace sentir asustados pero es una oportunidad real para cambiar el rumbo y marcar un antes y un después.

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Complejidad Social (Derecho, Economía y Política)

Estados Unidos. Del oro negro a la decadencia energética

Por L. Óscar Rojas Hernández

“El petróleo no es el oro negro;

es el excremento del diablo”.

Juan Pablo Pérez Alfonzo

Estados Unidos, una potencia hegemónica que ha sido reconocida a nivel mundial por sus métodos para producir energía siendo uno de los principales abastecedores de energía produciendo el 14.6% de energía mundial al igual que China (López, 2020, p. 290), aun así de toda esta energía producida únicamente el 44% correspondía al petróleo en el año 2014 (López, 2020, p. 292), esta cifra es menor a la que se ha tenido en años anteriores y pese a que se ha desincentivado su uso se sigue extrayendo de manera masiva mejorando cada vez más los métodos de extracción generando también que su precio de venta disminuya.

No hay duda de que el petróleo aún es un factor determinante tanto en la economía mundial como en las relaciones que se lleguen a tener por las importaciones del mismo y el incremento en la búsqueda y desarrollo de métodos para obtener aún más de este recurso como el fracking que podría decirse que es la manera de extraer petróleo de las piedras sin pensar en las consecuencias ambientales que esto produce, como la contaminación de los manantiales de agua potable por los químicos necesarios para poder lubricar el tubo que es requerido para la extracción del petróleo que se encuentra dentro de las rocas y las grietas de las mismas regresando el agua contaminada la cual no puede ser  reutilizada por lo peligroso de su uso llegando a ser aún más peligrosa para el ambiente, todo esto con la finalidad de mantener en funcionamiento el negocio de la venta de petróleo y dando un menor precio por el producto y menor salario a los trabajadores (Magic Markers, 2015), estos métodos ponen en duda a algunos países sobre la necesidad de permanecer con una industria petrolera activa ya que a lo largo de la década se han visto grandes avances en las energías renovables.

Todo lo anterior lleva al estudio de aquellos países que son los principales productores de petróleo a nivel mundial, como Rusia donde su  producto interno bruto y el precio del petróleo se ven afectados de la misma manera según la trayectoria de su curva de magnitud (Abad, 2018), sin embargo, al igual que Estados Unidos no han previsto políticas para la protección de este recurso así como tampoco han tenido un desarrollo en las energías renovables, esto podría llegar a representar una gran crisis energética cuando el petróleo sea totalmente obsoleto como recurso energético ya que alimenta los sectores más importantes en el desarrollo del país que son el transporte, las grandes industrias y sobre todo el sector militar cuyos fondos recibidos son los más grandes a nivel mundial, como el Pentágono que en el año 2010 obtuvo un presupuesto de 680.000 millones de dólares (López, 2020 p. 303) y su poder armamentístico el más grande en toda la historia.

Pensar en el sector armamentístico y en la gran cantidad de petróleo que requiere para poder mantenerse da una idea de lo que estas potencias podrían llegar a hacer por evitar que este recurso sea sustituible y sobre todo por evitar la escasez del mismo, esto a su vez nos da la explicación del incremento de los conflictos bélicos y de actos intervencionistas a países latinoamericanos que se han dado a partir del descubrimiento y uso del combustible fósil.

Así mismo el texto anterior también nos ofrece un mapa de las reservas petroleras en el mundo donde se puede ver que no siempre el país que tiene las reservas más grandes es el que produce más petróleo, el caso más conocido de esto es Venezuela quien en el 2019 reportó una reserva de hasta 300.9 miles de millones de barriles de crudo (BBC News, 2019), sin embargo, a pesar de tener los pozos petroleros más grandes del mundo no puede obtener todos los beneficios de estos en comparación por ejemplo con Arabia Saudita, la razón de esto se encuentra en la situación económica de cada Estado, estando Venezuela en una situación de súper inflación monetaria (con la paridad de un bolívar venezolano por 0.0000135174 dólar) (xe.com, 2020) no puede adquirir el equipo necesario para llevar a cabo proyectos de explotación petrolera y en estos casos se pueden volver a entender las razones del intervencionismo estadounidense, confirmando que Estados Unidos ha puesto al mundo en una situación económica de guerra permanente con terribles consecuencias sociales y ambientales (López, 2020, p. 303).

En conclusión, podría pensarse que la sobre explotación del petróleo es una medida de las grandes potencias para poder mantener su posición de poder, sin embargo, es evidente la falta de conocimientos que tienen sobre la llegada de las nuevas formas de producir energía y que cuando los combustibles fósiles se acaben o se consideren obsoletos se podría pensar que vendrían en decadencia, sin embargo, aún es temprano para poder opinar al respeto.

Fuentes de consulta

López, R. R. (2018). La dinámica militar de los recursos energéticos estadounidense. En Sociología política del colapso climático antropogénico, (pp. 287-312). México. Centro de Investigaciones interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades.

Abad, J. M. (17 de marzo de 2018). Un país más rico, pero menos democrático: datos básicos para entender Rusia [en línea]. El País. Recuperado el 28 de febrero de 2020 de: https://elpais.com/internacional/2018/03/16/actualidad/1521209314_402162.html

BBC News. (1 de abril de 2019). Cuáles son los países con mayores reservas de petróleo y por qué esto no siempre es señal de riqueza [en línea]. BBC. Recuperado el 28 de febrero de 2020 de: https://www.bbc.com/mundo/noticias-47748488

s/a. (28 de febrero 2020). Materias primas. Petróleo Brent [en línea]. El País Economía. Recuperado el 28 de febrero de 2020 de: https://cincodias.elpais.com/mercados/materias-primas/petroleo_brent/1/

Tiktín, M. (8 de agosto de 2018) El riesgo de la dependencia del petróleo [en línea]. El economista. Recuperado el 28 de febrero de 2020 de: https://www.eleconomista.com.mx/opinion/El-riesgo-de-la-dependencia-del-petroleo-20180809-0020.html

Rusia (17 de enero de 2018) El Banco Central ruso constata dependencia de la economía de los precios petroleros [en línea] Mundo Sputnik. Recuperado el 28 de febrero de 2020 de: https://mundo.sputniknews.com/rusia/201801171075496459-rusia-economia-crudo-deficit/

Landale, J. (12 de enero de 2020). ¿Qué significará el fin de la dependencia del petróleo para la geopolítica? [en línea]. BBC News. Recuperado el 28 de febrero de 2020 de: https://www.bbc.com/mundo/noticias-50986738

Magic Markers. (2 de agosto de 2020) ¿Qué es el Fracking? [Archivo de video]. YouTube. Recuperado el 2 de marzo de 2020 de: https://www.youtube.com/watch?v=RPDtD0lP1l0

Xe. (2 de marzo de 2020) Converso de divisas XE. XE. Recuperado el 2 de marzo de 2020 de: https://www.xe.com/es/currencyconverter/convert/?Amount=1&From=VES&To=USD

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Complejidad Social (Derecho, Economía y Política) Jacqueline Miranda De los Santos

Donald Trump presidente, una explicación desde Niklas Luhmann

Por Jacqueline Miranda de los Santos

El martes 8 de noviembre la mayor parte de la sociedad mexicana -irónicamente- estaba pendiente de los resultados de la elección presidencial en Estados Unidos y la gran mayoría apostaba a que este cargo lo ocuparía Hillary Clinton. Pienso que este posicionamiento por parte de la población posiblemente se deba a que ella no habló de un muro que “pagaremos” los mexicanos. Tras el resultado que en verdad muy pocos esperaban, la situación comenzó a llevarse por un vórtice de cuestionamientos sobre la sociedad estadounidense: ¿por qué ellos -del primer mundo desde su óptica- eligen a alguien como Donald Trump?[1], ¿Por qué mujeres votarían por alguien misógino?, ¿Qué les pasó a los latinos? El problema comienza a instaurarse cuando las sociedades externas a ese país creen que ellos son la sociedad más avanzada;  la verdad es que no. Como en toda sociedad hay diferentes sectores que la componen y que interactúan entre sí, de esta forma se generan intercambios culturales, no debe verse sólo  a la sociedad letrada, porque en la realidad, el todo o nada de la comunidad es también la parte racista, misógina, y cerrada.

Brevemente haré referencia a un aspecto que responde a la pregunta de ¿qué pasó con las encuestas? Dos puntos responden de forma concreta: primero las encuestadoras no supieron cómo medir o tomar en cuenta  a las personas que aún no se definían, que sentían pena por su decisión, por otra parte no se contempló que la sociedad afroamericana no se sentía representada ni por Donald ni por Hillary, siendo este un sector importante, que en las elecciones de 2008 dieron la victoria a Obama.

Muchas son las razones que dan una justificación a la situación real que hoy se vive en ese contexto, sin embargo usare la teoría de Luhmann para poder expresar una opinión que permita estar más cerca de la realidad que hoy se vive en Estados Unidos y el resto del mundo.

Usaré la teoría desarrollada en El derecho de la sociedad como referente para expresar mi análisis. Desde un inicio se advierte que esta teoría es compleja por los elementos que han de desarrollarse, es prácticamente una teoría de comunicación entre diversos sistemas que se encuentran dentro de un sistema madre, estos sistemas son denominados como sistema social, sistema económico, sistema político y sistema derecho. Dentro de esta complejidad de sistemas que interactúan entre sí surge la autopoiesis como una forma de renovación constante de los sistemas.

La comunicación entre los sistemas lleva en muchas ocasiones a la irritación y a que determinado sistema se abra o se cierre ante cierta problemática con su información respectiva que podrá procesar de forma íntegra, de forma parcial o bien no podrá ser procesada y ésta deberá regresar al sistema de origen; en esta selección de información cada sistema atenderá a criterios y reglas internas.

Debo hacer mención que una de las críticas a la teoría de Luhmann consiste en dejar fuera al ser humano, puesto que los sistemas siguen funcionando conforme al criterio de comunicación, un individuo no puede generar un cambio significativo en los sistemas; es posible pensar que los hombres que ocupan determinadas posiciones de poder pueden ser sustituidos por otros que jueguen un rol similar, de acuerdo a las reglas del sistema.

Esto sin lugar a dudas, genera un cambio de paradigmas en la forma de atender a la problemática que surge, pues el derecho y las teorías que lo posicionan como la única forma de atender las cosas negativas deja de ser el criterio común y empieza a surgir una visión integral de los conflictos que acontecen diariamente. Jugamos por lo tanto un rol de observadores para comprender las aristas del problema.

En lo particular me imagino -aunque Luhmann plantea su teoría similar a sistema biológico- como un cubo rubik el cual posee diversas caras que para volver a posicionar de forma correcta, hay que colocar cada pieza en su lugar , esto llevará a un constante movimiento de las piezas interactuando rojas con azules, azules con amarillas, rojas con blanco; cada movimiento lleva y trae información que finalmente después de un desastre lleva a la armonía, pero solo a través de la comunicación entre las caras del rubik, metáfora de los sistemas desde la teoría de Luhmann, de la apertura a información y de la clausura de ciertas aspectos que no pueden ser procesados. Las caras quedan armadas y el sistema se vuelve armónico hasta el próximo conflicto. Pero esta es quizá una manera vulgar de explicar tanta complejidad.

Retomando el motivo por el cual estoy escribiendo, la presidencia de Trump, iniciare esta explicación desde el sistema social.

Hemos dejado de contemplar por muchos años a los estados centrales de Estados Unidos dónde podemos considerar que la sociedad sufre un tipo de ceguera (aclaro en este punto que este es un estudio de heteroreferencia) donde la población busca que la clase estadounidense, es decir la gente blanca[2] (me refiero únicamente a este sector de la población no a toda la sociedad en general) a retome las condiciones de una buena posición económica, donde un presidente no sea de tez oscura y mucho menos donde sea una mujer quien tome las principales decisiones, esta es una región donde el odio a los mexicanos y los latinos predomina tras discursos de generaciones anteriores que retoma Donald Trump como figura del sistema político y dice justo los que necesitan oír. En palabras de Karla Paniagua[3], la figura hipermasculina de Trump recuerda al magnetismo animal figura usada por Sigmund Freud para describir al padre en Tótem y Tabú, es el padre que la mayoría de los ciudadanos necesita para restaurar el viejo Estados Unidos, aquel sueño lejano donde toda nación temía al grande, así el discurso de Trump se ajusta a la demanda de la mayoría dentro del sistema social.

Las promesas políticas en torno a lo económico hacen que gran parte de la sociedad justifique los mensajes xenófobos, sexistas y racistas, aunque pueda parecer el clásico discurso molesto de los economistas, muchos buscamos el máximo beneficio al menor esfuerzo, lo mismo aquí gran parte de la sociedad prefiere sacrificar a ciertos sectores de la sociedad por un beneficio económico, porque después de todo el principio de racionalidad en favor de uno mismo existe aunque irónicamente parezca algo lejano a lo racional. Ya lo sabíamos, esto es la viejísima Ley de Herodes, ¿a caso la sociedad mexicana al sur del país no  hace lo mismo con los inmigrantes de Centroamérica? No podíamos esperar que ellos buscarán la comodidad de los inmigrantes cuando hay problemas en el sector económico.

Una molestia de la sociedad, problemas financieros para gran parte de la misma común de ese país, una ruptura entre los ideales políticos y un discurso que la mayoría, o al menos poco más del 50 % de los votantes necesitaban escuchar, hace que el sistema social irrite de tal forma al sistema político y económico que hoy en día el presidente de Estados Unidos lleva el nombre de Donald Trump; en cuanto al sistema derecho los procesos comienzan cuando el nombre al noveno juez que resta, ¿qué es lo que se tema y prevé que ocurra ? En primer lugar que cambie la decisión en torno al matrimonio igualitario, sin embargo considero que está es un posición que difícilmente se cambiará.

También se teme que no se siga considerando la recomendación de la oficina de Obama la cual permite a los estudiantes hacer uso de espacios como sanitarios y vestidores de acuerdo a su identidad y expresión de género. La ideología de Trump puede significar un retroceso en este reconocimiento que el derecho a realizado hacia los jóvenes estudiantes. Como un último elemento que yo considero relevante, está Affordable Care Act, conocido popularmente como Obamacare si se rechaza significa dejar en el olvido las políticas públicas anti-discriminación.

La pregunta es si después de la renovación del sistema derecho, el sistema en general podrá tener armonía y  la respuesta es no, quizá tras el movimiento del sistema derecho y la clausura operacional así como de la devolución de lo no procesable, los demás sistemas se irriten generando una oleada de cambios, los cuales no sólo serán para el sistema norteamericano sino para otros sistemas de muchos países que al igual que México interactúan con ellos.

 

 

[1]Para una mejor comprensión del lector se sugiere leer también

Illades, Esteban (9-noviembre-2016) Donald Trump presidente, Revista Nexos consultado en: http://www.nexos.com.mx/?p=30160

[2] La mayor parte de la sociedad blanca de Estados Unidos fue la que voto por Donald Trump, sin embargo puede verse que otros sectores de su población también lo hicieron en el siguiente link: http://www.dw.com/es/qui%C3%A9n-vot%C3%B3-por-donald-trump/a-36343025

[3] http://economia.nexos.com.mx/?tag=donald-trump

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Complejidad Social (Derecho, Economía y Política)

Análisis de la Reforma Financiera

Por Ricardo A. Alanis Sanchez

Este artículo tiene como propósito realizar un análisis de la Reforma Financiera que junto con la Reforma Hacendaría son de las reformas más importantes, ya que las dos tienen un objetivo primordial que es el de mantener una economía estable.

De esta reforma se destacan los siguientes puntos:

  • Las instituciones bancarias deberán de otorgar créditos con tasas de interés sumamente bajas para que la mayor parte de la población pueda adquirirlos sin ningún problema.
  • Las instituciones deberán explicarle al cliente cuales son los puntos positivos y negativos del crédito a largo, mediano y corto plazo para que sepan de antemano si es bueno o no contratar dicho beneficio, según sea el caso.
  • Se deberá de implementar la competencia financiera con la finalidad de que las instituciones brinden créditos, pero lo más importante es la competencia que se verá en el mercado financiero.

Con la Reforma se busca un sistema financiero sólido que sepa dar la cara frente a infortunios económicos.  Se apostó por la inclusión financiera para que las instituciones brinden apoyo a la gente que este contratando o pidiendo un crédito.

Es importante mencionar que tras la aplicación de la Reforma se busca que la CONDUSEF tenga mayores atribuciones para poder realizar acciones en contra de los deudores. Las instituciones bancarias estarían a favor de otorgar créditos a sociedades mercantiles y empresas para otorgarles créditos, en caso de declararse en concurso con la finalidad de que sigan generando ingresos. Es importante destacar que se crea el Buró de Entidades Financieras para recopilar la información de cada una de las instituciones bancarias, que asciende a más de 4,340.

  • Los contratos que hagan las instituciones para otorgar los créditos deberán de ser explicados por los empleados con la finalidad de evitar abusos por parte de los bancos.
  • Los despachos de cobranza no podrán, en ningún momento, molestar a sus clientes en horas que no estén permitidas y, mucho menos, podrán amenazarlos en ninguna circunstancia.
  • La Comisión Federal de Competencia Económica se encargará de vigilar a las instituciones financieras con la finalidad de que exista competencia entre ellas para otorgar créditos con tasas de interés bajas.

Veremos, con el paso de la investigación, si fue un acierto o no la aplicación de la Reforma para tener una estabilidad económica e incitar a la competencia

La Reforma Financiera busca 4 objetivos primordiales, y son:[1]

  1. Impulsar la Banca de Desarrollo
  2. Mejorar la certeza jurídica de la actividad de los agentes privados del sector financiero.
  3. Incrementar la competencia en el sector financiero
  4. Fortalecer la solidez del sector financiero

La Reforma Financiera busca que existan más créditos para las familias mexicanas y pequeñas y medianas empresas. También es importante destacar que la Reforma Financiera no busca reducir las tasas de interés por decreto, sino que propone dar mayor flexibilidad para que el sector privado y la banca de desarrollo otorgue más créditos y sean más baratos.[2]

Fundamentalmente genera un fomento efectivo del crédito por medio de las instituciones privadas y la banca de desarrollo. Estos dos serian lo medios más importantes a los que se hace referencia en dicha Reforma.

Infinidad de veces se le preguntó al Presidente de México, Enrique Peña Nieto, y al ExSecretario de Hacienda, Luís Videgaray Caso, cuál era el trasfondo o significado de dicha Reforma. El entonces Secretario de Hacienda contestó que era primordial implementar dicha Reforma, ya que permitirá que se le otorgaran créditos a las familias que lo necesitasen y a las pequeñas y medianas empresas para que tuvieran un mayor desarrollo de competitividad dentro del mercado.

México tiene una banca muy fuerte dentro del mercado pero no presta lo suficiente para que realmente exista un desarrollo considerable. Sin embargo, desde hace años no existía un cambio real y trascendente dentro del sistema financiero y fue bueno en su momento que la implementaran ya que no existía un crisis, pero ahora que ha pasado poco tiempo de su implementación podemos darnos cuenta que quisieron “tapar el sol con un dedo”,  ya que hoy en día se está viviendo un crisis mundial que está afectando a las diversas potencias económicas.

Gracias a la Reforma Financiera, las tasas de interés de créditos personales se redujeron hasta 9%, misma que permitió la renegociación y refinanciamiento de 11, 313 hipotecas en 2014. La Reforma Financiera puso en marcha el Buró de Entidades Financieras, el cual actualmente con información sobre 4,300 bancos y otras instituciones financieras.[3]

Un dato interesante son las cifras del Banco de México, las cuales arrojan que solo 27 de cada 100 adultos cuenta con una cuenta de depósito bancario y solo 3 de cada 10 empresas que inician tienen acceso al crédito formal. Esto indica que la reforma financiera, que el Gobierno Federal promueve debe contener una ecuación para generar una mayor inclusión financiera, mayor oferta de crédito, menores costos y todo, sin poner en riesgo al sistema bancario, una tarea que luce complicada.[4]

Actualmente se están otorgando créditos bancarios con una tasa de interés baja pero no toda la gente los está considerando en razón de que no conocen como se manejan a largo plazo.  Ante esta situación sería idea que los bancos deben de promover esa inclusión financiera para que la gente conozca y pueda adquirir un crédito, pero mientras no se den a conocer los beneficios al igual que efectos negativos, no podrán crecer los índices de créditos en México en un margen positivo y mientras no se hagan seguirá en declive la adquisición de un crédito.  Para que una persona pueda adquirir un crédito debe de darse cuenta que los efectos son en su gran mayoría positivos.

México tiene capacidad económica en el ámbito bancario para promover créditos con tasas de interés baja, pero falta una educación crediticia para que esto tenga un efecto positivo. Cuando existe una falta de cultura financiera es difícil que los bancos o cualquier institución otorguen créditos. Cuando las personas no saben manejar un crédito puede, llegar a ser fichadas por el banco y difícilmente se les puede volver a otorgar un crédito por la falta de un correcto manejo o por falta de solvencia económica.

El Banco de México en el año 2013 implementó una política monetaria expansiva con la finalidad de que tuviera efectos positivos en los ingresos del país

La política monetaria expansiva tiene efectos positivos a corto plazo y son:

  1. El canal de tasa de interés, en el cual la política monetaria al disminuir la tasa de interés real disminuye el costo del capital e incrementa los proyectos de inversión física.
  2. El canal de crédito, en el cual la política monetaria al disminuir las tasas de interés nominales, aumenta la oferta de crédito y disminuye su costo
  3. El canal del tipo de cambio, en el cual la política monetaria al depreciar el valor del peso, abarata el precio relativo de las exportaciones y las vuelve más competitivas.

Esta política monetaria expansiva puede tener efectos positivos si se sabe utilizar de manera correcta y puede ir de la mano con la Reforma Financiera actual. Se necesita una educación financiera actual para saber utilizar las herramientas correctas y atacar los mecanismos incorrectos que no dejan que el sistema financiero avance.

La crisis que están llevando actualmente las potencias económicas a nivel mundial hizo que se realizara un recorte presupuestario para 2016 de 132 mil MDP.

La economía cambia día a día y se necesita de una educación financiera actualizada para poder resolver los problemas y mantener un desarrollo económico mediante una estabilidad económica. Es necesario resaltar que los bancos ofrecerán créditos baratos pero también se les otorgará facultades para hacer valer sus derechos y cobros a las personas a las cuales se les hizo los préstamos.

A continuación analizare dos aspectos esenciales que se vinculan con la reforma hacendaria.

La Banca de Desarrollo forma parte del Sistema Bancario Mexicano, tal como se establece en el artículo 3º de la Ley de Instituciones de Crédito. En este marco, las instituciones de Banca de Desarrollo son entidades de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, constituidas con el carácter de Sociedades Nacionales de Crédito, cuyo objetivo fundamental es el de facilitar el acceso al financiamiento a personas físicas y morales: así como proporcionarles asistencia técnica y capacitación en los términos de su respectivas leyes orgánicas.[5]

La Reforma buscará un fortalecimiento financiero para que las instituciones de Banca de Desarrollo tengan un crecimiento económico importante.

En seguida mencionaré algunas instituciones de Banca de Desarrollo para poder identificarlas con mayor precisión.

  • BANJERCITO ( Banco Nacional del Ejercito, Fuerza Aérea y Armada )
  • NAFIN ( Nacional Financiera )
  • BANOBRAS ( Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos )
  • BANCOMEXT ( Banco Nacional de Comercio Exterior )
  • BANSEFI ( Banco del Ahorro Nacional y Servicio Financiero )

La Banca de Desarrollo debe de impulsar de manera efectiva y concreta el ahorro popular a favor del beneficio de las familias.  En este sentido la Reforma modificó el marco legal del Sistema Financiero de Fomento y a la Banca de Desarrollo.

Se permitirá saber cuál es el campo de desarrollo con la finalidad de otorgar más créditos con una tasa menor a la antes establecida. Asimismo de buscará la creación de un programa que tenga como fin la inclusión financiera para que la gente y empresas conozcan el manejo financiero.

Las instituciones deberán de tener gente capacitada en ramas específicas para poder atender a las personas que requieran un crédito en determinada área.

Asimismo se creará un Buró de Entidades Financieras por parte de la CONDUSEF para que los consumidores puedan tomar decisiones de una manera más correcta y sin presiones por parte de las instituciones.

Las Instituciones de Ahorro de y Crédito Popular permiten a los bancos poder contratar a terceros para poder realizar trámites a su nombre. Con la Reforma se mantendrá ese aspecto con el objetivo de que esos terceros apoyen a las personas a conocer un poco mas sobre los créditos que ofrecen. Deberán de fomentar el ahorro en las familias mexicanas.

Reforzamiento en materia mercantil

Cuando hablamos de materia mercantil nos estamos refiriendo al campo donde el comerciante ejerce su trabajo de forma continua y sostenida.  La Ley de Concursos Mercantiles fue reformada con la finalidad de que fuesen más ágiles y le dieran protección a los comerciantes y sus acreedores.

Muchas empresas de carácter mercantil o sociedades mercantiles se declaraban en concurso (bancarrota) cuando no tienen la solvencia económica para seguir realizando negocios. Con la Reforma se implementaron los créditos de emergencia con el fin de que no se declaren en concurso y sigan realizando negocios.

 La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación fue modificada para reorganizar las competencias en materia mercantil para saber qué Tribunal o Juzgado tendría que actuar en determinados casos.

Conclusiones

Esta reforma es presentada tras varios desacuerdos políticos, con un premisa simple pero concreta, “más crédito, más barato”. Esta reforma ambiciosa desde el inicio como lo analice pretendía ser un sistema financiero más justo y orgánico y que por dichas características se pensaba incrementaría medio punto porcentual el PIB.

El apoyo real de esta reforma debería concentrarse en las PyMES quienes como establecimos no piden apoyos crediticios formales. De la misma forma se pretendió incentivar el crédito popular, reformando algunas leyes que regulan de forma sustancial esta figura.

Analizamos también que el mercado de valores sufriría cambios al incluir nuevas facultades a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, generando plataformas más atractivas para las pequeñas y medianas empresas.

Actualmente a más de dos años de ponerse en marcha esta reforma, los efectos han sido prácticamente nulos debidos a malas decisiones internas y sobretodo los diversos fenómenos económicos internacionales, los criterios rectores de esta reforma y que brindaban garantía a los particulares y empresarios han sido prácticamente nulos. Incluso el exsecretario Luis Videgaray anuncio a mediados de este año que la tasa de interés subiría por la enorme crisis que se prevé.

En otras palabras el acercamiento financiero y la educación en esta área son prácticamente nulos, aunque esta última es una cuestión dependiente del gobierno y la sociedad que sigue mal informada, el endeudamiento por el mal aprovechamiento de los créditos en los últimos dos años ha incrementado considerablemente, bajo este tener es posible pensar que la Reforma Financiera no ha sido viable al menos en este tiempo, es prácticamente un reforma que está destinada al fracaso.

Fuentes de Consulta

[1]  (18-07-16) Economía y finanzas. Forbes. http://www.forbes.com.mx/epn-promulga-la-reforma-financiera-cuales-son-los-beneficios/#gs.x9DqhTY

[2] Mendoza, Mario. (14-07-16). Economía. Publimetro.

http://www.publimetro.com.mx/noticias/mas-credito-y-mas-barato-trajo-la-reforma-financiera/mock!kb017dr8SXMRg/

[3]   (18-07-16). Economía. El Economista. http://eleconomista.com.mx/reforma-financiera?page=66

[4] Mendoza, Viridiana. (19-07-16). Economía y Finanzas. Forbes. http://www.forbes.com.mx/que-esperar-de-la-reforma-financiera/

[5]  Secretaria de Hacienda y Crédito Público. (20-07-16) http://www.shcp.gob.mx/apartadoshaciendaparatodos/banca_desarrollo/index.html

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Complejidad Social (Derecho, Economía y Política) Jacqueline Miranda De los Santos

Cómo va la economía en México

POR JACQUELINE MIRANDA DE LOS SANTOS 

La economía es un aspecto fundamental en cualquier sentido. Usando las palabras del Lic. Ignacio Ramos Espinosa, en su libro “Teoría económica” la economía es una rama de la filosofía especulativa en tanto ofrece explicaciones basadas en la observación y en el método del ensayo y error. Una explicación se mantiene vigente en tanto la realidad no la desmienta o aparezca otra más exacta. Existen muchas variaciones sobre las definiciones de economía, por ejemplo “ciencia de la escasez y eficiencia” o “ciencia de la producción y del consumo”, “ciencia de los mercados”. Etimológicamente, deriva de oikos y nomos que significan hogar y racionalidad, movimiento, administración, haciendo referencia a la administración del hogar.

En general la economía estudia la manera en que los hombres logran la satisfacción de sus necesidades. Tienen una rama especulativa o teórica llamada Teoría Económica y una rama aplicada o práctica llamada Economía Aplicada.  Existen elementos claves para la economía, de esta manera podemos decir que uno de ellos es la preocupación que esta ciencia tiene hacia la escasez y la eficiencia, esto es la insuficiencia de los medios para la satisfacción de las necesidades y el empleo de los recursos para su máximo beneficio para todos.

Existen otros aspectos que bien valdría la pena abordar, sin embargo, este trabajo podría volverse demasiado extenso. Por lo que procederé a realizar un cuestionamiento, ¿Cuál es el papel del Estado en la economía? Sabemos que existen muchas teorías sobre cual debe ser el ámbito de acción del Estado en el mundo de la economía, sin embargo, el Estado ha incrementado su injerencia en la economía por las diversas luchas tendientes a la equidad y la justicia distributiva.

El Estado participa en la economía a través de la política económica, pero, ¿Qué es una política económica? Definida en el libro “Teoría Económica” de la siguiente manera: “Conjunto de acciones que realiza el Estado, con base en la planeación y en las necesidades de la sociedad para orientar y dirigir el desarrollo del sistema económico.” De esta forma podemos mencionar cuatro de los principales objetivos que tiene el Estado:

  • Mejorar la eficiencia económica
  • Reducir la desigualdad en la distribución de la renta
  • Estabilizar la economía por medio de la política macroeconómica
  • Representar al país Internacionalmente

Uno de los aspectos más importantes en la macroeconomía es el PRODUCTO INTERNO BRUTO (PIB), también lo es la TASA DE DESEMPLEO y la INFLACIÓN.

El PIB se expresa en el valor de mercado de todos esos satisfactores creados en un periodo de tiempo dentro de un sistema económico determinado, este valor puede expresarse en términos reales o relativos, es decir se puede expresar en términos del valor monetario absoluto de los precios o en términos de precios actuales. El primero se denomina PIB real y el segundo se llama PIB nominal. Mientras más elevado sea el PIB de una economía mejor aprovechados se encuentran sus recursos, mejor satisfechas sus necesidades y por tanto debe existir un menor nivel de desempleo y un estatus de precios razonables.

Por ultimo me gustaría definir Gasto Público, que es el uso que el Estado hace de los recursos que posee destinándolo a fines determinados con anterioridad, es la manera en que ejerce la renta privada para el cumplimiento de fines públicos.

Desde hace unos días podemos leer o ver diferentes noticias, sobre este tema.  Tales como que el PIB alcanzó un déficit de 3.5 %, o que tenemos un endeudamiento acelerado.

endeudamiento

Todas estas situaciones prevén un panorama poco favorecedor para nuestro país quien parece estar en un abismo en el que las políticas económicas emitidas en este sentido han resultado ser poco eficientes y eficaces.

ecos

Esta es una clara situación que se presenta desde 2015, la tendencia de las políticas públicas elaboradas en esta materia preocupaban incluso al observatorio económico de México, cuestión denotada en el estudio ¿Cómo vamos?, investigadores mostraban preocupación sobre las decisiones tomadas por el gobierno federal. Las políticas económicas a mi parecer carecen de fuerza para solucionar el problema, es posible desde mi análisis que el endeudamiento siga creciendo y que el PIB siga mostrando rasgos de déficit.

Recomiendo para conocer más a profundidad visitar la página de Observatorio Económico México ¿Cómo vamos? Para conocer los diferentes indicadores de la economía en nuestro país y comprender de mejor manera la situación que hoy vivimos y que de no cambiar la política económica y las tendencias fiscales, estaremos en una crisis económica en los próximos diez años.

http://www.mexicocomovamos.mx/

Imágenes tomadas de «El Economista»

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Complejidad Social (Derecho, Economía y Política)

El Gran premio de México, una importante derrama económica ¿Para todos los Mexicanos?

Por Carlos Palomares Rivera

A principio de este mes se llevó a cabo El Gran Premio de México, un evento automovilístico de fórmula uno que se ausentó de nuestro país por veintitrés años y que implicó una inversión fuerte por parte del Gobierno Federal y la Cuidad De México para lograr un espectáculo de tal envergadura; todo ello bajo la visión de generar un importante derrama económica en beneficio de los Mexicanos.

La iniciativa privada tuvo participación importante en el financiamiento de este evento, sin embargo, mencionare a groso modo las estimaciones económicas de este sector y me enfocaré en la inversión gubernamental toda vez que está proviene de la administración y el erario público.

La inversión total estimada de este evento es de trescientos sesenta y tres millones de dólares[1], de los cuales, la iniciativa privada aportó ciento cincuenta mil millones de dólares[2] que estimaba recuperar con las localidades vendidas y por la vía de los patrocinios comerciales; se calcula que por el primer concepto se recaudaron cien millones de dólares, el resto de la inversión y las ganancias se obtuvieron por el segundo rubro.

La persona jurídico colectiva que materializa a la iniciativa privada es Grupo CIE, una empresa dedicada al entretenimiento fuera de casa que tiene bajo su firma importantes recintos en América latina; en México, operan el centro Banamex, uno de los mayores y más importantes recintos de exposiciones y convenciones en el ámbito internacional. Igualmente, son reconocidos como el más destacado productor y organizador de eventos especiales[3] y corporativos en México, y operan uno de los centros de contacto más profesionales y reconocidos en el mercado mexicano.[4]

Ahora hablaré sobre la inversión gubernamental que se hizo; de los trescientos sesenta y tres millones de dólares invertidos, doscientos dieciséis[5] provienen de la administración pública federal y la local, todo ello con erario público.

La derrama económica se especulaba llegaría por tres vías distintas:

  • El impacto económico local, ello se refleja en la ocupación hotelera que, de acuerdo a la asociación mexicana de hoteles y moteles, hubo en la Ciudad de México una ocupación del cien por ciento en algunos hoteles ubicados en Paseo de la Reforma, Polanco, Zona rosa y Santa Fe; de esta forma se obtuvieron ganancias de ciento ochenta y nueve punto cuatro millones de pesos.

Por otro lado, la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados reporta un excedente de cien millones de pesos[6] extra a lo habitual durante el fin de semana que tuvo cita el evento que nos ocupa en esta ocasión.

  • El impacto económico local inducido que se traduce en empleos ocasionales[7] generados por el Gran Premio de México trajo como consecuencia una derrama económica de veintisiete punto tres millones de dólares.
  • Finalmente, el valor de la exposición mediática trajo un beneficio para los Mexicanos de doscientos nueve punto cinco millones de pesos.

Bajo estas vertientes y haciendo un cálculo rápido, la derrama económica en esta edición del Gran Premio de México es de  quinientos veintiséis punto tres millones de pesos.

La secretaría de turismo Federal estima que en cinco años habrá una derrama económica de dos mil millones de dólares.

Todo lo anterior me lleva a las siguientes conclusiones.

PRIMERA: Parece bastante rentable que contra una inversión de doscientos dieciséis millones de dólares se tenga una derrama económica de poco más de quinientos millones de dólares, sin embargo, la Administración Publica anuncia que es en beneficio de todos los Mexicanos situación que a mí no me convence del todo pues si revisamos el rubro del impacto económico local, veremos que de los hoteleros beneficiados muy pocos son Mexicanos, por lo tanto, la ganancia para la generalidad de la población se reduce a la cantidad de impuestos que los primeros deben pagar por un aumento en sus ingresos; de esta forma, de los ciento ochenta y nueve punto cuatro millones de dólares en el rubro hotelero se reduce la cantidad a lo fijado por las leyes tributarias de nuestro país.

SEGUNDA: La derrama económica por concepto de impacto económico local inducido me resulta la única vía que realmente retribuye a un sector de nuestra población, de acuerdo con la cámara de restauranteros, anteriormente citada, obtuvieron ganancias superiores a las de un fin de semana común, ello se traduce en mayores propinas para los trabajadores a cargo de brindar este servicio, sin embargo, como anoto al inicio de esta conclusión, solo es a un sector de la población y no a la generalidad.

TERCERA: Si bien se generaron alrededor de dieciocho mil empleos con motivo de este evento, la mayoría fueron temporales[8] con ello no se da solución a los problemas de desempleo en nuestro país de manera contundente y;

CUARTA: Considero que nuestro país no pasa por el mejor momento económico de su existencia, que tenemos otros servicios públicos que atender como el acceso a la salud, educación o garantizar seguridad pública como para invertir en grandes proyectos como este que, si bien son bastantes rentables, no son benéficos para la generalidad de la población Mexicana.

Referencias

[1] Consultado en http://www.forbes.com.mx/formula-1-negocio-redondo-en-mexico/

[2] Ibídem

[3] Por ejemplo, el que ocupa a este articulo

[4] Consultado en http://www.cie.com.mx/mx/grupoCie.php

[5] Consultado en http://www.forbes.com.mx/formula-1-negocio-redondo-en-mexico/

[6] Consultado en: http://www.altonivel.com.mx/54212-f1-la-cifras-que-nos-deja-el-gran-premio-de-mexico.html

[7] Consultado en: http://www.pwc.es/es/sector-publico/assets/brochure-estudios-impacto-economico.pdf

[8] Consultado en: http://www.alfadiario.net/articulo/2015-11-03/60661/lo-que-dejo-en-numeros-el-gp-de-mexico