Por: Jacqueline Miranda De los Santos
“México afronta una severa crisis de seguridad pública. Esto parece ser admitido por todos. Ahora, desde todas las esferas se reconoce que hay problemas graves en la seguridad pública. Escuchamos y vemos a cualquier integrante del Poder Legislativo, de la sociedad civil y del mundo académico opinar y proponer soluciones.”[1]
Comienzo este tema con la frase anterior, puesto hoy en día experimentamos una crisis general en torno a la seguridad pública. La inseguridad como un fenómeno social, ha sido conocida y padecida por todos sin distinción de condición social, económica o de sexo, es evidente el hecho de que la sociedad siente que vive en un completo estado de inseguridad. Se piensa que esta situación es algo no contundente, puesto que las encuestas fallan, los números se equivocan, sin embargo, ya no son sólo las encuestas las que establecen ese estado de inseguridad, son los acontecimientos diarios los que hablan, son las persona manifestándose o expresándose a través de diversos medios, los que nos ayudan a determinar hoy por hoy lo que estamos viviendo, lo que se demanda al Estado y lo que este mismo entenderá o tomara como prioritario. “Aunque las percepciones de inseguridad de los ciudadanos no siempre guardan una correspondencia perfecta con la incidencia delictiva, si constituyen una razón suficiente para colocar el crimen y la violencia en un lugar prioritario en la agenda de las preocupaciones de gobierno mexicano en sus tres órdenes.”[2]
Concepto
“En general, la seguridad significa la cualidad de seguro; es decir, se encuentra ligado a las nociones de garantía, protección, defensa, libertad, salvedad y tranquilidad ante las amenazas. Como señalé, el término securitas deriva del adjetivo securus y a su vez, del verbo curare, por lo que remite a la idea de cuidarse en toda la extensión de la palabra, la seguridad entonces supone un concepto mucho más amplio que la protección, la protección es la acción propiamente de auxiliar y/o socorrer, en cambio la seguridad además de auxiliar es también prever y restablecer”[3].
En palabras de Sergio García Ramírez la Seguridad Pública es “una cualidad de los espacios públicos y privados, que se caracteriza por la inexistencia de amenazas que socaven o supriman los bienes y derechos de las personas y en la que existen condiciones propicias para la convivencia pacífica y desarrollo individual y colectivo de la sociedad”[4]. Analizando las definiciones anteriores es preciso acentuar que, la seguridad será el proceso de “estabilidad” entre diversos elementos mencionados con anterioridad, se comprende que ante las más mínima alteración de los factores se estaría en presencia de un estado de inseguridad, es claro también que al verse perturbado este aspecto, no se tendrá el objetivo deseado por el Estado, un “orden” dentro de su misma existencia, manifestado como orden público, paz pública.
El maestro González Fernández fundamenta “La seguridad pública forma parte esencial del bienestar de una sociedad. Un Estado de derecho genera las condiciones que permiten al individuo realizar sus actividades cotidianas con la confianza de que su vida, su patrimonio y otros bienes jurídicos tutelados están exentos de todo peligro, daño o riesgo.”[5], la segunda definición no se encuentra alejada en cuanto a sus elementos de la primera que he hecho mención. Se busca con la seguridad pública brindar una certeza de que lo poseído tanto tangiblemente (bienes muebles e inmuebles) como lo intangible (derechos) no sean vulnerados por un tercero, es decir, que el Estado debe realizar determinadas acciones para poder brindar esa seguridad tanto en lo individual como en lo colectivo. También menciona que: “La función de seguridad pública se encuentra vinculada a la idea de participación. En efecto, la seguridad no puede alcanzarse con estrategias y acciones aisladas de la autoridad; exige la articulación y coordinación de todos los órganos que intervienen en los tres niveles de gobierno a lo cual deben sumarse instituciones…”[6], esta es una de las ideas principales la participación ciudadana en el proceso de creación de estrategias para el combate de la inseguridad. Como establecí con anterioridad en muchas ocasiones quienes tienen la tarea de elaborar las líneas de acción, entienden el problema de una determinada manera o simplemente no es posible ver el fondo de la situación dado que no es vivida por ellos, son los mismos ciudadanos quienes entienden el problema ya que son capaces de mirar todas las caras de la figura que los aqueja. “En una encuesta reciente, se calcula que una de cada diez personas fue víctima de un delito en los últimos tres meses; dos de cada diez ciudadanos encuestados manifestaron conocer a personas que han sido víctimas de la delincuencia en el mismo periodo; también trascendió que el nivel de confianza de las autoridades es muy bajo, además solamente el 32% de las victimas presentó la denuncia ante el mismo ministerio público.”[7] Es visible que el problema es latente y quienes lo padecen puedan aportar más a la forma de elaboración de las líneas de acción.
El Instituto Nacional para el Federalismo y Desarrollo Municipal (INAFED), órgano descentralizado de la Secretaría de Gobernación, determina a la Seguridad Pública de la siguiente manera: “La Seguridad Pública es la función a cargo del Estado que tiene como fines salvaguardar la integridad y derecho de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz pública. Las autoridades competentes alcanzaran los fines de seguridad pública mediante la prevención, persecución y sanción de las infracciones y delitos, así como la reinserción social del delincuente y del menor infractor.”[8] Al diseccionar esta definición encontramos los siguientes elementos destacables: es una “función a cargo del Estado”, es decir nadie más podrá ejercer dicha potestad. La finalidad de la seguridad pública es “salvaguardar la integridad y derecho de las personas”, con esto debemos comprender que no sólo son objetos materiales sino como ha sido mencionado se cuida los derechos de las personas, se busca “preservar libertades, el orden y la paz pública”. Por otra parte también es destacable que la seguridad pública se obtiene mediante elementos que son de suma importancia “prevención”, “persecución” y “sanción”.
De acuerdo con todas las definiciones mencionadas, la Seguridad Pública es una potestad única del Estado la cual se encarga de garantizar la salvaguarda de los objetos materiales que posee una persona, así como de los derechos que le son inherentes, lo entendemos como una parte esencial de la sociedad y que por esta misma razón se busca el orden, la paz pública así como preservar libertades de los individuos, siempre y cuando estas libertades no dañen esferas de terceros. Comprendiendo que con todo esto se busca por medio de diversos elementos (prevención, persecución y sanción) lograr un estado de bienestar para la población.
Naturaleza Jurídica
Para entender de manera precisa la naturaleza jurídica de la seguridad pública, es necesario referirnos a los diversos ordenamientos que han tenido por objeto estructurar el sistema de seguridad pública que hoy rige a nuestro país, es conciso en este sentido referirnos al artículo veintiuno párrafo noveno de nuestro máximo ordenamiento que a la letra establece:
“Artículo 21.- (…) La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respecto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución. (…)”[9]
La definición que nos brinda la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo veintiuno, proporciona elementos mencionados en las definiciones, brindando nuevamente los elementos que son pilares para obtener un estado de seguridad.
Debo hacer mención de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (LGSNJ), la cual en su artículo segundo nos brinda una definición sobre la seguridad pública:
“Artículo 2.- La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y municipios, que tiene como fines la salvaguarda de la integridad y derechos de las personas, así como preservar libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y persecución de los delitos y la reinserción social del individuo, en términos de esta Ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Estado desarrollara políticas fundamentales de prevención social del delito con carácter integral, sobre las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales, así como programas y acciones para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos, que induzcan respeto a la legalidad y a la protección de las víctimas.”[10]
El precepto proporciona un concepto más amplio que del artículo veintiuno de la Constitución sin embargo, encontramos elementos comunes analizados con anterioridad.
Reuniendo tanto las definiciones conceptuales como las jurídicas determino a la seguridad pública como una potestad del Estado que ayudará a garantizar el bienestar tanto de aspectos materiales como jurídicos de las personas que integran al Estado, y que se apoyará de: la prevención, investigación, persecución y sanción; aunque el ideal incluso para el mismo Estado sería no recurrir a todos estos aspectos sino evitar la problemática de inseguridad tomando sólo a la prevención.
Diferencia entre Seguridad Nacional y Seguridad Pública
Una vez estudiada la parte conceptual de la seguridad pública, es necesario realizar la diferenciación de la seguridad nacional. Resultan ser en muchas ocasiones temas que las personas llegan a confundir entre sí por sus características.
Mucho se ha oído hablar sobre estos dos temas que resultan de gran importancia para las directrices de nuestro país, y se ha decidido hacer la distinción entre dichos temas. Dado que es muy común que en el camino político así como de los medios de comunicación se llegue a confundir, situación que no deseo que suceda en este trabajo.
“Por lo que toca a la frase “seguridad nacional”, ésta se refiere a la protección del Estado frente a amenazas internas y externas. La primera preocupación del Estado, relativa a la seguridad nacional, es propia supervivencia. Gobiernos fuertes, cuya estabilidad interna está asegurada, se refiere a su seguridad nacional en términos de protección frente a amenazas externas…”[11].
Aunque este precepto no se encuentra claramente definido por nuestro máximo ordenamiento, se ubica definido en la Ley de Seguridad Nacional (LSN) en su artículo tercero, que a la letra establece:
“Artículo 3. Para efectos de esta Ley, por Seguridad Nacional se entienden las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, que conlleven a:
- La protección de la nación mexicana frente a las amenazas de riesgos que enfrente nuestro país
- La preservación de la soberanía e independencia nacionales y defensa del territorio;
- El mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas del gobierno.
(…)”[12]
La Seguridad Nacional también es definida de acuerdo a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental como:
“Artículo 3.- Para efectos de esta Ley se entenderá por:
(…)
XII. Seguridad nacional: acciones destinadas a proteger la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, la gobernabilidad democrática, la defensa exterior y la seguridad interior de la Federación, orientadas al bienestar general de la sociedad que permitan el cumplimiento de los fines del Estado constitucional.
(…)”[13]
Se comprender con todos los fundamentos, que seguridad nacional se refiere a la búsqueda de permanencia y estabilidad del Estado frente a posibles amenazas, que pueden venir tanto del interior como del exterior y para evitar un posible daño tendrá y se hará valer de diversas acciones, estrategias y políticas para lograr el orden constitucional, de las instituciones así como el armónico desarrollo en los ámbitos político, social y económico. Aunque la seguridad es una función que emana del Estado y si bien ayuda a mantener determinada estabilidad, se encuentra encaminada a la protección de su población, de los derechos y objetos que estos mismos poseen. La seguridad pública no tiene como principal finalidad la de frenar amenazas que vengan del exterior, tampoco está diseñada para la protección del Estado, sino para brindar seguridad a quienes lo integran. Se entiendo con todo esto que la seguridad nacional abarca un campo más amplio que la seguridad pública, una es la herramienta de preservación del Estado, la otra será una un elemento que brinde una respuesta a una incomodidad.
Aunque bien pueden llegar a ser conceptos que por sus elementos o finalidades llegan a ser importantes, es imprescindible no confundir ambos conceptos.
Referencias
[1] José Peñaloza, Pedro, “La seguridad pública más allá de policías y ladrones”, en Pedro José Peñaloza y Mario A. Garza Salinas (coords.), Los desafíos de la seguridad pública en México, Universidad Iberoamericana, UNAM, PGR, México, 2002, p. 241.
[2] Alcocer V., Jorge, Vázquez Alfaro, José Luis, en “Seguridad Pública, voces diversas en un enfoque multidiciplinario”, Pedro José Peñaloza (Coordinador), Ed. Porrúa, México 2005, p.28.
[3] Garza Salinas, Mario A., “Políticas públicas y seguridad en el marco de la acción del estado”, IIJ-UNAM, p.12.
[4]José Peñaloza, Pedro, Op cit nota 15, p. 81.
[5] Ibídem, p.125.
[6] José Peñaloza, Pedro, “La seguridad pública más allá de policías y ladrones”, Op cit nota 15, p.126.
[7]José Peñaloza, Pedro, “Notas graves y agudas de la seguridad pública” Instituto Nacional de Ciencias Penales, México 2003, p. 127.
[8] Capítulo I: Conceptos básicos de Seguridad Pública y Policía. Documento de INFAED, consultado en: http://tesis.uson.mx/digital/tesis/docs/19920/Capitulo1.pdf (28-febrero-2014).
[9] Diario Oficial de la Federación, 30 de octubre de 2013.
[10] Ídem.
[11] Guerrero Gutiérrez, Eduardo, “Cuaderno de transparencia 18. Transparencia y Seguridad Nacional”, IFAI, México 2010, p.12.
[12] Diario Oficial de la Federación, 30 de octubre de 2013.
[13] Ídem.
Imagen tomada de http://radiotrece.com.mx/urge-solucion-para-el-probema-de-inseguridad-en-michoacan/